jueves, 7 de junio de 2007

salon de arte juan lovera...

CONCEJO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANOLIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL
BASES DEL PREMIO MUNICIPAL DE ARTES
VISUALES “SALON JUAN LOVERA”, Año 2007

Primero: PRIMERO: Las Bases del Premio Municipal de Artes Visuales, “JUAN LOVERA” año 2007, se regirán por las disposiciones contenidas en el presente acuerdo.
Segundo: Galardonar el Premio Municipal de Artes Visuales “JUAN LOVERA” año 2007, en las siguientes menciones: Bidimensional, Tridimensional, Dibujo, Investigación Histórica en Artes Plásticas, Fotografía, Obra Gráfica, y Especial para Personas con Discapacidad.
Tercero: Distribuir el Premio Municipal de Artes Visuales “JUAN LOVERA” año 2007, de la manera siguiente:

1. PREMIO MUNICIPAL OBRA BIDIMENSIONAL: Tres millones doscientos mil bolívares (Bs.3.200.000) y un diploma.

2. PREMIO MUNICIPAL OBRA TRIDIMENSIONAL: Tres millones doscientos mil bolívares (Bs.3.200.000) y un diploma.

3. PREMIO MUNICIPAL DE DIBUJO “JACOBO BORGES”: Un millón trescientos mil bolívares (Bs.1.300.000,) y un diploma.

4. PREMIO MUNICIPAL INVESTIGACIÓN HISTORICA EN ARTES PLASTICAS “ALEJANDRO OTERO”: Un millón trescientos mil bolívares (Bs. 1.300.000,) y un diploma.

5. PREMIO MUNICIPAL DE FOTOGRAFIA “CIUDAD DE CARACAS”: Un millón trescientos mil bolívares (Bs.1.300.000) y un diploma.

6. PREMIO MUNICIPAL DE OBRA GRAFICA: Un millón trescientos mil bolívares (Bs. 1.300.000) y un diploma.

7. PREMIO MUNICIPAL ESPECIAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD: Novecientos noventa y cinco mil doscientos bolívares (Bs.995.200) y un diploma.
Cuarto: La Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Histórico y Medios de Comunicación Alternativos Comunitarios del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, será la encargada de la dirección y organización del Premio Municipal de Artes Visuales “JUAN LOVERA” año 2007.

Quinto: El Jurado, podrá otorgar una (1) Mención Honorífica, consistente en un diploma de reconocimiento a la obra más destacada, en cada una de las menciones de las cuales consta el Premio.
Sexto: Se dispone que las obras que resulten premiadas en todas las menciones, pasen a ser Patrimonio del Concejo Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, y serán entregadas al Museo Caracas para su custodia, conservación y difusión, exceptuando las obras galardonadas con menciones honoríficas, según lo establecido en el presente acuerdo.
Séptimo: Se publicará un listado de las obras ganadoras y seleccionadas para el salón, en dos (02) diarios de circulación nacional, con indicación del nombre de la obra y sus autores
Octavo: Las obras no ganadoras y que no hayan sido seleccionadas para el Premio Municipal de Artes Visuales “JUAN LOVERA” año 2007, deberán ser retiradas en un lapso no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha en que se haga público el veredicto. Vencido este lapso, las obras pasarán a la disposición de la Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Histórico y Medios de Comunicación Alternativos Comunitarios del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, para ser destinadas a las Instituciones Públicas.
Noveno: Las obras que hayan sido seleccionadas para la exposición deberán ser retiradas en un lapso no mayor de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de culminación de la exposición. Vencido este lapso las obras no retiradas pasarán a la disposición de la Comisión Permanente de Cultura Patrimonio Histórico y Medios de Comunicación Alternativos Comunitarios del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, para ser destinadas a las Instituciones Públicas.
Décimo: Podrán participar en el Premio Municipal de Artes Visuales “JUAN LOVERA” AÑO 2007, los artistas venezolanos así como los extranjeros con no menos de cinco (5) años de residencia en el país, con obras de creación individual o colectiva realizadas entre los años 2006 y 2007, que no hayan concursado anteriormente. La temática, la técnica y los materiales usados en las obras son completamente libres.
Décimo Primero: Se establece que las obras que participen en la mención PREMIO MUNICIPAL DE INVESTIGACION HISTORICA EN ARTES PLÁSTICAS “ALEJANDRO OTERO”, pueden ser inéditas o publicadas. En el caso de ser publicadas, sólo se considerarán para los efectos del presente acuerdo, las obras editadas por primera vez dentro de un periodo no mayor de dos (2) años al cierre del concurso. Cada participante deberá consignar por lo menos dos (2) ejemplares de la obra concursante, a fin de que el jurado realice la calificación respectiva.
Décimo Segundo: Para optar a las distintas menciones del Premio Municipal de Artes Visuales “JUAN LOVERA” año 2007, los artistas deberán llevar sus obras al lugar que determine la Comisión Permanente de Cultura Patrimonio Histórico y Medios de Comunicación Alternativos Comunitarios del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, junto con su currículum vitae y una ficha técnica, donde se indique el nombre, año de realización y medidas. Las dimensiones de las obras participantes no podrán ser mayores de 150 x 150 cm., y una profundidad de 20cm.
Décimo Tercero: El periodo de recepción de las obras concursantes será desde el 15 de junio hasta el 20 de Julio de 2007. Las Obras deberán enviarse debidamente protegidas a fin de garantizar su conservación durante el evento, igualmente identificadas al dorso con el nombre y apellido del autor o de los autores.
Décimo Cuarto: El jurado calificador para el Premio Municipal de Artes Visuales “JUAN LOVERA” año 2007, estará integrado por cinco (5) miembros propuestos por la Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Histórico y Medios de Comunicación Alternativos Comunitarios del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, que serán sometidos a la consideración de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital. A los fines de la postulación de los integrantes del jurado calificador, deberá tomarse en cuenta las sugerencias (ternas) que sean presentadas por personalidades de larga trayectoria, instituciones, gremios y organizaciones destinadas a la investigación, formación, ejecución, promoción y difusión de las artes plásticas, con el objeto de que sean personas de comprobados conocimientos en las distintas disciplinas.
Parágrafo Único: A cada uno de los miembros del jurado se le cancelará un pagó único de bolívares doscientos catorce mil quinientos (Bs. 214.500,00) por concepto de honorarios.

Décimo Quinto: La Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Histórico y Medios de Comunicación Alternativos Comunitarios del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, dictará las normas internas que considere necesarias, en todo lo no previsto en este Acuerdo; así mismo aportará a los miembros del Jurado calificador los recursos para el mejor desempeño de sus funciones.

Décimo Sexto: Los miembros del Jurado deberán abstenerse de hacer declaraciones o anuncios sobre sus deliberaciones antes de la aprobación por parte de la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital de su veredicto.

Décimo Séptimo: El veredicto del Jurado será presentado a la Cámara Municipal del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, con un informe de la Comisión Permanente de Cultura, Patrimonio Histórico y Medios de Comunicación Alternativos Comunitarios del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, para su aprobación o improbación. El veredicto será inapelable y deberá hacerse público antes del 31 Julio del presente año.

Décimo Octavo: El Premio podrá ser declarado desierto en cualquiera de sus menciones, si así lo considerase pertinente el jurado calificador por unanimidad. En ningún caso el Premio podrá ser dividido en dos (2) o más obras de una misma mención.
Décimo Noveno: Se le entregará el Premio Municipal de Artes Visuales “JUAN LOVERA” año 2007, a los ganadores en acto especial que organizará la Comisión Permanente de Cultura Patrimonio Histórico y Medios de Comunicación Alternativos Comunitarios del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital en el mes de Agosto.

Vigésimo: Se ordena la publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Municipal de conformidad con el artículo 54, numeral 2 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y a través de los medios de comunicación social.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

quiero saber a que lugar debo llevar la obra???

Anónimo dijo...

hola quiero saber a donde debo llevar la obra YA QUE SOY DE VALENCIA Y NO SALE LA INFORMACION O QUE ME DEN UN NUMERO DE TELEFONO PARA LLAMAR Y UBUCARME??

rafael guillen dijo...

no tengo esa informacion pero si quieres en la pagina web oficial de la alcaldia de libertador debe salir mas informacion...

carlos dijo...

es cierto que dieron prorroga hasta cuando